Vistoel texto del acta de la revisión salarial de las tablas para el año 2022 del VI Convenio colectivo para la acuicultura marina nacional (código de convenio n.º 99016365012007), publicado en el BOE de 15 de diciembre de 2021, acta que ha sido suscrita, con fecha 7 de febrero de 2023, de una parte por la la Asociación Empresarial
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4773Resolución de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo de tabla salarial del convenio colectivo del Sector Madera (Carpintería, ebanistería, tapicería, etc.). Visto el expediente de convenio colectivo de trabajo y de conformidad con
2 entre enero de 2021 a diciembre de 2021, de aquellos conceptos salariales que el propio convenio prevé el citado incremento. Así mismo, y cuando se publique el IPC por el INE, entre el incremento del 2% y el IPC real, si asciende del 2%, se aplicará el 80% de la diferencia a las tablas salariales; es decir, si el incremento del IPC para . 252 43 117 332 21 283 264 167